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¿Qué es?
Es un documento emitido por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño que certifica el término de la personalidad jurídica de una asociación de consumidores, indicando la fecha del acuerdo de disolución respectivo. Sirve como respaldo formal ante terceros (bancos, tribunales, otras instituciones) de que la organización dejó de existir legalmente.
Requisitos
- Ser integrante de la asociación de consumidores o cualquier persona del público general interesada en el certificado.
- Que la asociación de consumidores esté inscrita en el registro correspondiente que lleva la Subsecretaría de Economía.
- Conocer la razón social o el ROL de la organización para identificarla en la solicitud.
- Datos del solicitante: nombre completo, RUT, dirección, teléfono, correo electrónico y profesión u oficio.
Cómo se hace
- Reúne los antecedentes de la organización (razón social o ROL) y los datos personales del solicitante.
- Elige la vía de solicitud: en línea (DAES Digital), por correo electrónico, por teléfono o presencial.
- Si es en línea, ingresa a la plataforma DAES Digital con ClaveÚnica, selecciona "Certificado de disolución" e ingresa el ROL o nombre de la asociación.
- Completa los datos del solicitante y envía la solicitud.
- Espera la emisión y envío del certificado, que llega al correo electrónico registrado.
- Verifica la autenticidad del documento recibido, si se requiere, en el portal de verificación de documentos.
Costos y plazos
Costo: gratuito.
Plazos: el certificado tiene una vigencia de 60 días corridos desde su emisión. No se encontró un plazo de emisión específico para esta ficha; en trámites análogos la Subsecretaría indica un plazo referencial de hasta 20 días hábiles.