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¿Qué es?
Trámite mediante el cual una empresa o agente económico notifica a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) una operación de concentración empresarial —fusión, adquisición de control, asociación para conformar un agente económico independiente, o adquisición de activos— cuando esta cumple con los umbrales de notificación obligatoria establecidos por la Ley N° 20.945.
Requisitos
- La operación debe verificarse mediante alguno de los supuestos del artículo 47 de la ley: fusión, adquisición de influencia decisiva, asociación o adquisición de control.
- Debe cumplir con los umbrales de notificación: la suma de las ventas en Chile de los agentes económicos que se fusionan debe ser igual o superior a 2.500.000 UF, y al menos dos de los agentes deben haber generado, cada uno, ventas iguales o superiores a 450.000 UF.
- Las operaciones bajo estos umbrales pueden notificarse de forma voluntaria.
Cómo se hace
- Revisa la Guía Práctica para la Aplicación de Umbrales de Notificación, disponible en el sitio de la FNE, para confirmar si tu operación debe notificarse.
- Completa el Formulario de Notificación (ordinario o simplificado, según corresponda) descargable desde el sitio de la FNE.
- Envía la notificación junto con la documentación de respaldo al correo de la Oficina de Partes de la FNE, o preséntala presencialmente.
- Espera la evaluación de la FNE sobre la operación notificada, conforme al Proceso de Control de Operaciones de Concentración.
Costos y plazos
Costo: no especificado por la fuente oficial.
Plazos: no especificado por la fuente oficial (el proceso de control posterior sigue plazos establecidos en la Ley N° 20.945, no detallados en la ficha del trámite).