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¿Qué es?
Trámite que permite a personas naturales o jurídicas titulares de una concesión otorgada por el Ministerio de Energía para la exploración y explotación del calor natural terrestre, pagar ante la Tesorería General de la República (TGR) la patente anual correspondiente, conforme a la Ley N° 19.657 de 2000. No incluye aguas termales destinadas a fines sanitarios, turísticos o de esparcimiento.
Requisitos
- Ser titular de una concesión de energía geotérmica otorgada por el Ministerio de Energía.
- Conocer la superficie en hectáreas de la concesión.
Cómo se hace
- Ingresa al sitio de Patente Geotérmica en el sitio web de la TGR.
- Completa el formulario y haz clic en "Ingresar".
- Selecciona el medio de pago y sigue las instrucciones.
- Paga el monto correspondiente antes del 31 de marzo.
- Alternativa: paga presencialmente en las oficinas regionales de la TGR.
Costos y plazos
Costo: la patente anual equivale a 1/10 de UTM (Unidad Tributaria Mensual) por cada hectárea completa de la concesión.
Plazos: el pago regular se realiza durante el mes de marzo de cada año. Pagado desde el 1 de abril, se recarga un 10% del valor, más un 5% adicional por cada mes de atraso. Tras dos períodos consecutivos sin pago, se extinguen los derechos de la concesión.