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Guía paso a paso

Pagar contribuciones de bienes raíces

Cómo pagar ante la TGR las cuotas de contribuciones (impuesto territorial) de un bien raíz, al día o vencidas.

Última verificación: 19 de julio de 2026

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¿Qué es?

Trámite que permite a propietarios de bienes raíces pagar ante la Tesorería General de la República (TGR) las contribuciones (impuesto territorial), ya sea al día, vencidas o con recargo, correspondientes a las cuatro cuotas anuales establecidas por ley.


Requisitos

  • Conocer la comuna, el Rol de la propiedad o la dirección exacta del bien raíz.
  • Para pagar en línea: cuenta bancaria o tarjeta de crédito de una institución con convenio con la TGR (aunque también es posible pagar sin clave, solo ingresando el Rol de la propiedad).
  • Para pagar presencialmente: conocer las cuotas a pagar, o presentar el aviso-recibo (cupón de pago).

Cómo se hace

  1. Ingresa al sitio de contribuciones de la TGR.
  2. Busca la propiedad por comuna, Rol o dirección; se puede consultar sin clave, o autenticarse con ClaveÚnica o Clave Tributaria para más opciones.
  3. Revisa las cuotas pendientes o vigentes y su monto.
  4. Paga en línea con cuenta bancaria o tarjeta de crédito de una institución con convenio.
  5. Alternativa: paga presencialmente en una oficina de la TGR, en bancos con convenio, en CajaVecina de BancoEstado, o en Sencillito.
🔗Trámite en línea — Pagar contribuciones de bienes raíces
Acceso conSe puede pagar sin clave (ingresando el Rol de la propiedad), o con ClaveÚnica o Clave Tributaria para más funcionalidades.
Cómo entrarIngresa a la URL oficial de TGR, busca la propiedad por Rol, comuna o dirección, y paga en línea con cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
NotaTambién se puede pagar en bancos con convenio, CajaVecina de BancoEstado, Sencillito, o presencialmente en cualquier oficina de la TGR.

Costos y plazos

Costo: el monto corresponde a la cuota de contribuciones vigente de cada propiedad; no tiene un arancel adicional por el trámite en sí. Si la cuota está vencida, se aplican recargos por mora.

Plazos: las contribuciones se pagan en cuatro cuotas anuales, con vencimiento el 30 de abril, 30 de junio, 30 de septiembre y 30 de noviembre. Si el vencimiento cae en fin de semana o feriado, se puede pagar el siguiente día hábil sin recargo.