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¿Qué es?
Trámite que permite a los beneficiarios de un proyecto forestal aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) —conforme al Decreto Ley N° 701 de Fomento Forestal— solicitar a la Tesorería General de la República (TGR) el pago de la bonificación correspondiente por actividades de forestación, recuperación de suelos o estabilización de dunas o suelos degradados.
Requisitos
- Ser persona natural o jurídica.
- Figurar en el informe de bonificación forestal emitido por CONAF.
- Haber acreditado, mediante un estudio técnico elaborado por un ingeniero forestal o agrónomo especializado y aprobado por CONAF, la nueva superficie forestada o las intervenciones de manejo indicadas en el plan de manejo.
- Si es persona jurídica, mantener actualizado el registro como persona jurídica receptora de fondos públicos.
- No tener incompatibilidad con la bonificación a mano de obra en zonas extremas.
- Contar con Clave Tributaria (SII) o ClaveÚnica para tramitar en línea.
Cómo se hace
- Solicita y obtén el informe de bonificación forestal directamente ante CONAF, acreditando la superficie forestada o las intervenciones de manejo mediante el estudio técnico correspondiente.
- Ingresa al sitio web de la TGR y autentícate con Clave Tributaria o ClaveÚnica.
- Consulta y solicita el pago de la bonificación forestal, en base al informe emitido por CONAF.
- La TGR verifica que no existan deudas fiscales o retenciones pendientes que deban compensarse contra el monto de la bonificación.
- Recibe el pago, una vez descontadas las compensaciones que correspondan.
- Alternativa: realiza el trámite presencialmente en una oficina de la TGR.
Costos y plazos
Costo: gratuito; corresponde a un beneficio (bonificación) que recibe el propietario o cesionario del predio, no un pago que este deba realizar. El monto puede verse reducido si existen deudas fiscales o retenciones pendientes, que se compensan contra la bonificación.
Plazos: el trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la TGR. Las bonificaciones se pagan cada vez que se acredita la nueva superficie forestada o las intervenciones de manejo correspondientes.