🇨🇱Desenrédate
Guía paso a paso

Presentación de excepciones a la TGR

Cómo presentar ante la TGR una excepción para oponerse a un cobro judicial de deuda: pago, prescripción, o que el título no corresponde al ejecutado.

Última verificación: 19 de julio de 2026

Volver a Finanzas personales y deudas

¿Qué es?

Trámite que permite a una persona natural o jurídica demandada por la Tesorería General de la República (TGR) en un proceso de cobranza judicial, presentar excepciones para oponerse al cobro de la deuda dentro del juicio ejecutivo.


Requisitos

  • Ser persona natural o jurídica demandada por la TGR en un proceso de cobranza judicial.
  • Estar dentro del plazo legal para presentar la excepción.
  • Indicar la excepción que se interpone, señalando el RUT o el rol (según se trate de impuesto fiscal o territorial), junto con los argumentos que la justifican.
  • Contar con Clave Tributaria (SII) o ClaveÚnica para tramitar en línea.

Tipos de excepciones permitidas

Solo se pueden interponer tres tipos de excepciones:

  • Pago de la deuda: cuando la deuda demandada ya fue pagada.
  • Prescripción: cuando la deuda está fuera de los plazos legales de cobro.
  • No empecer el título al ejecutado: cuando la deuda no corresponde al contribuyente notificado.

Cómo se hace

  1. Ingresa al sitio web de la TGR y autentícate con ClaveÚnica o Clave Tributaria.
  2. Completa la presentación de excepciones, indicando el tipo de excepción, el RUT o rol correspondiente, y los argumentos que la fundamentan.
  3. Adjunta los antecedentes que respalden la excepción (por ejemplo, comprobante de pago si se alega esa causal).
  4. Espera la resolución de admisibilidad, que se envía por correo electrónico dentro de 7 días hábiles desde su recepción (si se cuenta con todos los antecedentes necesarios; si faltan antecedentes, el plazo se suspende mientras la TGR los solicita).
  5. Alternativa: presenta la excepción presencialmente en la oficina de la TGR correspondiente.
🔗Trámite en línea — Presentación de excepciones a la TGR
Acceso conClave Tributaria (SII) o ClaveÚnica.
Cómo entrarIngresa a la URL oficial de TGR, autentícate con ClaveÚnica o Clave Tributaria y completa la presentación indicando el tipo de excepción y sus fundamentos.
NotaTambién puede presentarse en la Tesorería Regional o Provincial correspondiente al domicilio del ejecutado.

Costos y plazos

Costo: gratuito.

Plazos: la excepción debe presentarse dentro de los 10 días hábiles contados desde la fecha del requerimiento de pago (si la notificación fue personal), o desde el primer embargo (si fue notificada por cédula, carta certificada o a un tercero). La resolución de admisibilidad se comunica dentro de 7 días hábiles desde la recepción de todos los antecedentes necesarios.