← Volver a Finanzas personales y deudas
¿Qué es?
Trámite que permite a personas naturales o jurídicas solicitar a la Tesorería General de la República (TGR) el reemplazo de un cheque fiscal emitido por esta institución, cuando ha sido robado, extraviado, caducado, mal extendido, deteriorado, o cuando el titular ha fallecido.
Requisitos
- Cheque extraviado o robado: publicación en un diario nacional o electrónico durante tres días consecutivos, indicando nombre del contribuyente, causal de la orden de no pago, número de serie del cheque, monto, fecha y número de la cuenta única fiscal subsidiaria.
- Cheque por fallecimiento del titular: tener el cheque en poder de quien tramita, dentro de la posesión efectiva del fallecido.
- Cheque caducado: si está en poder de la TGR, se solicita la devolución por el sitio web; si está en poder del contribuyente, se gestiona presencialmente en oficina TGR.
- Cheque mal extendido o deteriorado: presentar el cheque físicamente en una oficina de la TGR.
- ClaveÚnica o Clave Tributaria para tramitar en línea (cuando el cheque está en poder de la TGR).
Cómo se hace
- Identifica la causal del reemplazo (extravío/robo, fallecimiento, caducidad, o mal estado del cheque).
- Si el cheque está en poder de la TGR: ingresa al sitio web de la TGR o a la Oficina Virtual TGR, autentícate con ClaveÚnica o Clave Tributaria, y selecciona la "Solicitud de reemplazo cheques devueltos caducados".
- Si el cheque está en poder del contribuyente (mal extendido, deteriorado o caducado en su poder): preséntalo físicamente en una oficina de la TGR.
- Si el cheque fue robado o extraviado: publica el aviso en un diario nacional o electrónico durante tres días consecutivos con los datos requeridos, y presenta esa publicación en la TGR.
- Espera la emisión del nuevo cheque.
Costos y plazos
Costo: gratuito.
Plazos: los cheques emitidos por la TGR vencen 60 días corridos después de su emisión, sin importar el lugar donde se desee cobrar. Para cheques de tributación fiscal interna o externa, el plazo para solicitar el reemplazo es de 3 años desde la fecha de giro del primer documento de pago (según el artículo 2521 del Código Civil), independientemente de cuántas veces se haya revalidado el cheque.