🇨🇱Desenrédate
Guía paso a paso

Solicitar información pública a la Tesorería General de la República (Ley de Transparencia)

Cómo acceder a información pública en poder de la TGR (actos, resoluciones, contratos) conforme a la Ley N° 20.285.

Última verificación: 19 de julio de 2026

Volver a Finanzas personales y deudas

¿Qué es?

Trámite que permite a personas naturales o jurídicas acceder a información pública en poder de la Tesorería General de la República (TGR), incluyendo actos, resoluciones, expedientes, contratos, acuerdos, actas y demás información elaborada con presupuesto público, conforme a la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, salvo las excepciones legales contempladas en su artículo 21.


Requisitos

  • Nombre completo del solicitante.
  • Correo electrónico o dirección de domicilio para recibir la respuesta.
  • Documentos adjuntos, si son necesarios para fundamentar la solicitud (opcional).

Cómo se hace

  1. Ingresa al Portal de Transparencia.
  2. Regístrate en el portal o realiza la solicitud sin necesidad de crear una cuenta.
  3. Completa el formulario con los datos personales y la información específica que se solicita a la TGR.
  4. Adjunta documentos de respaldo, si corresponde.
  5. Envía la solicitud.
  6. Recibe por correo electrónico un código de seguimiento para monitorear el estado de la solicitud.
  7. Si no se recibe respuesta dentro del plazo, o la respuesta es insatisfactoria, se puede reclamar ante el Consejo para la Transparencia dentro de 15 días.
🔗Trámite en línea — Solicitar información pública a la TGR
Acceso conNo requiere ClaveÚnica; la solicitud puede hacerse sin registrarse.
Cómo entrarIngresa al Portal de Transparencia, selecciona la Tesorería General de la República como institución, y completa el formulario de solicitud de información pública.
NotaPara consultas específicas, también se puede escribir directamente a transparencia@tgr.cl.

Costos y plazos

Costo: gratuito.

Plazos: la TGR debe responder dentro de un plazo máximo de 20 días hábiles, prorrogable excepcionalmente hasta por 10 días hábiles adicionales. Si no hay respuesta en el plazo, o esta es insatisfactoria, existe un plazo de 15 días para reclamar ante el Consejo para la Transparencia.