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¿Qué es?
Es el conjunto de trámites que permite recuperar crédito fiscal IVA que no pudiste descontar del débito fiscal del período, o que pagaste en exceso o indebidamente. El SII autoriza la solicitud, la TGR paga en tu cuenta bancaria. No hay un trámite único — la vía depende del motivo: exportadores, empresas que invierten en activo fijo, acreedores en reorganización empresarial, o pagos en exceso por error.
Requisitos generales (varían según la vía)
- Clave Tributaria o Certificado Digital para operar en sii.cl.
- IVA Exportador: no poder imputar el Crédito Fiscal contra el débito del período; haber presentado el F29 del período; si eres exportador, transportista de carga o empresa hotelera, presentar previamente las Declaraciones Juradas correspondientes.
- Artículo 27 bis (activo fijo): remanente de Crédito Fiscal IVA por al menos 2 períodos tributarios consecutivos, por compra de bienes destinados a activo fijo.
- Artículo 27 ter (reorganización): calidad de acreedor en un Procedimiento Concursal de Reorganización.
Cómo se hace
Vía más usada — Devolución de IVA Exportador (F3600):
- Presenta el F29 del período (debe estar cargado en las bases del SII).
- Si corresponde, declara tus exportaciones con el Formulario 3601 (detalle de exportaciones), o 3602/3603 según transporte o empresa hotelera.
- Ingresa a sii.cl → Servicios online → Impuestos mensuales → "Solicitud Devolución IVA Exportador (F3600)" → "Solicitar Devolución F3600".
- Revisa el llenado propuesto (basado en tu F29 y Declaraciones Juradas) y confirma el envío.
- Consulta el estado de tu solicitud en el mismo sitio.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Exportas bienes/servicios, transportas carga internacional, o tienes empresa hotelera con crédito fiscal acumulado | IVA Exportador (Formulario 3600) | Recupera mes a mes el IVA de exportaciones exentas |
| Compraste o construiste activo fijo con remanente de crédito fiscal 2+ períodos | Devolución Art. 27 bis (Formulario 3280) | Resolución del SII en 20 días |
| Eres acreedor de una empresa en reorganización, con facturas impagas con IVA | Devolución Art. 27 ter (Formulario 3281) | Recupera el IVA de esas facturas impagas |
| Pagaste IVA dos veces o declaraste de más en tu F29 | Petición administrativa por pago indebido o en exceso | Procedimiento general de devoluciones ante el SII |
| Eres institución extranjera de investigación astronómica en Chile | Devolución de IVA para instituciones astronómicas (vía TGR) | Pago en 5 días hábiles para equipar/operar observatorios |
Costos y plazos
Costo: gratuito en todas las modalidades.
Plazos: varían de 5 días a 6 meses según la vía. Art. 27 bis: la ley redujo el período de mantención del remanente de 6 a 2 meses, y el plazo de resolución de 60 a 20 días. Si el SII fiscaliza antes de resolver, tienes 10 días desde la notificación para acompañar antecedentes por expediente electrónico.