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Guía paso a paso

Tributación Simplificada del IVA para pequeños contribuyentes

El régimen que permite a comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios pagar el IVA con una cuota fija mensual en vez de calcularlo operación por operación.

Última verificación: 18 de julio de 2026

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¿Qué es?

Es un régimen especial (artículos 29 y 30 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios) que permite a pequeños comerciantes, artesanos y prestadores de servicios pagar el IVA con una cuota fija mensual (Débito Fiscal Fijo Mensual, según el monto de ventas/servicios) en vez de calcular el impuesto operación por operación. Del débito fijo determinado, puedes rebajar el Crédito Fiscal del mes, equivalente al 19% del total de compras o servicios adquiridos.


Requisitos

  • Persona natural, chilena o extranjera con residencia, mayor de 18 años.
  • Clave Tributaria del SII o Certificado Digital.
  • 12 meses de actividad, estando clasificado bajo el régimen general de IVA.
  • Promedio de ventas/servicios mensuales (sin IVA) no superior a 20 UTM durante los 12 meses previos a la solicitud.

No pueden acogerse: personas jurídicas (SpA, EIRL, Ltda., etc.), ni contribuyentes afectos a impuestos especiales de ventas y servicios (bebidas alcohólicas/analcohólicas, productos de lujo).


Cómo se hace

  1. Ingresa a sii.cl → "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes" → "Peticiones administrativas".
  2. Autentícate con RUT y Clave Tributaria, o ClaveÚnica.
  3. En "Materia", elige "Tributación Simplificada de IVA" y describe tu solicitud.
  4. Adjunta antecedentes de respaldo (historial de ventas de los últimos 12 meses).
  5. Envía y espera la resolución del SII.
  6. Alternativamente, presencial en oficina del SII con Formulario 2117.
🔗Trámite en línea — Tributación Simplificada del IVA
Acceso conRUT y Clave Tributaria del SII, o ClaveÚnica.
Cómo entrarsii.cl → Servicios Online → Peticiones administrativas y otras solicitudes → materia 'Tributación Simplificada de IVA'.
NotaLos contribuyentes que salgan de este régimen simplificado no podrán reincorporarse, y la salida solo puede solicitarse tras cumplir 12 meses acogido.

Alternativas según tu situación

Tu situaciónAlternativaPor qué
Ya tienes clave tributaria o ClaveÚnica y manejas trámites digitalesIngreso 100% en líneaSin desplazamientos, con seguimiento en tu sitio personal
No tienes clave tributaria, prefieres apoyo presencialTrámite en oficina con Formulario 2117Orientación directa de un funcionario
Usas ClaveÚnica para otros trámites del EstadoReutilízala aquíEvitas generar una clave tributaria exclusiva
Llevas 12 meses en el régimen simplificado y quieres volver al generalPetición administrativa de "salida" del régimenEs la única forma habilitada, y solo tras cumplir ese plazo mínimo

Costos y plazos

Costo: gratuito.

Plazos: se requieren 12 meses en régimen general de IVA antes de postular. Respuesta del SII entre 10 días hábiles y 6 meses. Salida del régimen: solo tras 12 meses acogido, sin posibilidad de volver a incorporarse.