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¿Qué es?
Es el trámite para informar al SII la pérdida, destrucción o merma de mercaderías, materias primas o productos de tu inventario, por caso fortuito, fuerza mayor, robo, incendio u otra causa ajena a tu voluntad. El SII califica los antecedentes conforme al artículo 21 del Código Tributario, para efectos de aceptar el gasto por pérdida (artículo 31 N°3 de la Ley de Impuesto a la Renta) y evitar que se trate como retiro afecto a IVA o gasto rechazado.
Este es el procedimiento detallado de pérdida. Para la vía general que agrupa también destrucción de existencias, revisa Destrucción y Pérdida de Existencias.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente (o de tu representante legal, con poder notarial si actúa un tercero).
- Antecedentes que acrediten la pérdida: fotografías, registros, grabaciones, recortes de prensa, o certificaciones de Bomberos, Carabineros, PDI, SAG, CONAF, aseguradoras, municipalidades, ONEMI, bancos, Aduanas o gobernaciones marítimas.
- Si se conservan: libros de contabilidad al día, control de inventarios (Resolución Exenta N°985 de 1975), documentos tributarios autorizados.
- Si la pérdida incluye libros o documentos contables: aplican además las reglas del artículo 97 N°16 del Código Tributario (aviso en 10 días, reconstitución en mínimo 30 días).
- Si se pierden talonarios de facturas u otros documentos timbrados: publicación en un diario de circulación nacional, por 3 días consecutivos.
Cómo se hace
En línea:
- Ingresa a sii.cl → Servicios online → Peticiones administrativas y otras solicitudes → "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes" → "Peticiones Administrativas".
- En "Materia" selecciona "Pérdida de Existencias" y completa los datos que se despliegan.
- No adjuntes antecedentes en la aplicación — el sistema los pedirá enviar después.
- Envía la solicitud. Luego, envía un correo a enviocontingencia@sii.cl indicando en el asunto el folio entregado, adjuntando fotografías, registros, grabaciones, recortes de prensa, o copia de denuncias.
- Haz seguimiento en "Consultar estado de Peticiones Administrativas" del mismo menú.
Presencial:
- Reúne el Formulario 2117.
- Preséntate en una oficina del SII con tu cédula de identidad (y poder notarial si eres representante).
- Entrega el formulario con los antecedentes que acrediten la pérdida.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| ClaveÚnica o Clave Tributaria vigente, manejas trámites digitales | En línea + envío de respaldos por correo | Más rápido, a cualquier hora, con seguimiento del folio |
| Sin clave digital, o prefieres entregar antecedentes en persona | Oficina del SII con Formulario 2117 | Conversas directamente con un funcionario y entregas certificados originales |
| Un tercero (contador, gestor) hace el trámite por ti | Vía presencial con poder notarial | Debe acreditar la representación con cédula del contribuyente y poder notarial |
| Además de mercadería, perdiste libros contables o facturas timbradas | Formulario 3238 en paralelo | El aviso de pérdida de documentos y libros tiene su propio procedimiento, con plazo de 10 días hábiles |
Costos y plazos
Costo: gratuito.
Plazos: aviso dentro de 48 horas del hecho. Si además se pierden libros/documentos contables: 10 días hábiles para avisar y 30 días máximo para reconstituir la contabilidad. Respuesta del SII entre 10 días hábiles y 6 meses.