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¿Qué es?
Trámite ante la Dirección de Obras Municipales (DOM) para obtener el permiso que autoriza alterar, reparar o reconstruir un edificio existente, cuando la intervención cumple con todas las exigencias de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Aplica cuando se modifican partes de una edificación ya aprobada sin necesariamente construir una obra nueva.
Requisitos
- Formulario de Solicitud de Permiso de Edificación (Alteración), firmado por el propietario y el arquitecto proyectista.
- Planos y especificaciones técnicas de las partes del edificio que sufrirán cambios respecto a lo originalmente aprobado, diferenciando con líneas convencionales las partes no afectadas, las partes nuevas y las que deben demolerse.
- Presupuesto informativo de las obras correspondientes.
- Si la intervención afecta la estructura de la edificación: memoria de cálculo y planos de estructura, suscritos por un profesional competente.
- Si la alteración corresponde a obras de restauración, rehabilitación o remodelación de un edificio ligado a un Monumento Nacional o ubicado en zona de conservación histórica: declarar esta circunstancia en la solicitud y presentar la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales o de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, según corresponda.
Cómo se hace
- Reúne los planos, especificaciones técnicas y presupuesto de las obras de alteración.
- Si la intervención afecta la estructura, obtén la memoria de cálculo y los planos estructurales firmados por un profesional competente.
- Si el inmueble es un Monumento Nacional o está en zona de conservación histórica, obtén la autorización correspondiente del Consejo de Monumentos Nacionales o de la SEREMI.
- Completa el formulario oficial de Solicitud de Permiso de Edificación (Alteración) del MINVU.
- Presenta la solicitud en la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la comuna donde se ubica el inmueble.
- Espera la revisión y otorgamiento del permiso.
Costos y plazos
Costo: no especificado como pagado en las fuentes oficiales del MINVU; pueden aplicar derechos municipales según la ordenanza de cada comuna.
Plazos: no se especifica un plazo de resolución exacto en las fuentes oficiales; depende de la revisión de la Dirección de Obras Municipales correspondiente.